Elegir como será la organización de la administración de una sociedad es un paso de gran importancia cuando se quiere emprender y se va a formalizar un negocio en nuestro país.
En la constitución de sociedades limitadas se tiene que seguir un marco normativo en el que hay que aportar capital y rellenar unos estatutos, en los cuales, debe figurar cómo será la participación de los socios y sobre quién o quiénes recaerá la responsabilidad de la administración.
Dicha órgano administrativo, que como veremos puede ser unipersonal o estar formado por más personas, o incluso por una junta completa, será la encargada de la toma de decisiones, además de representar a la empresa en los trámites fiscales y administrativos de las sociedades limitadas.
Probablemente, uno de los errores frecuentes durante la constitución de una sociedad es no darle la importancia suficiente a la organización de la administración de la propia empresa, dejándolo un poco a la improvisación, o a las tareas que cada miembro del negocio suele realizar en su día a día.
Por eso, en este artículo, vamos a analizar en profundidad este tema, para que no tengas ninguna duda y pienses bien cómo será el órgano de administración de tu negocio al crear una sociedad limitada online.
¿Cuáles son las formas de organización de la administración de una sociedad?
En la legalidad española, las formas de organización de la administración dentro de una sociedad se articulan en función del tipo jurídico adoptado y del número y perfil de quienes asumen la gestión.
En las sociedades de responsabilidad limitada, se puede optar por un administrador único, dos administradores, o un consejo de administración, si hay tres o más gestores.
El administrador único concentra todas las funciones ejecutivas y representativas, lo que permite una dirección directa y sin intermediarios.
Por otra parte, cuando hay dos administradores, se llaman administradores solidarios, si cada uno puede actuar por sí solo, o mancomunados si ambas firmas son necesarias para cada decisión.
Cuando el número sube a tres o más, se suele adoptar un consejo de administración, que funciona mediante decisiones adoptadas por mayoría, y dicho consejo puede delegar parte de sus facultades a uno o varios consejeros delegados, con límites que están fijados por los estatutos.
En las sociedades anónimas ocurre algo parecido, ya que la estructura más habitual es la del consejo de administración, que puede delegar parte de su poder ejecutivo a un consejero delegado.
Por su parte, las sociedades colectivas tienen una administración directamente vinculada a los socios gestores. Por defecto, si los estatutos no lo modifican, todos los socios asumen funciones de gestión, y las decisiones pueden requerir unanimidad, o seguir un sistema mayoritario al estilo democrático.
También, es posible que solo uno o varios socios desempeñen la gestión, bien de forma privativa, si se designan expresamente, o de forma no privativa, si los estatutos, o pactos entre socios lo permiten, y el cargo puede ser revocado unilateralmente.
¿Qué tipo de organización se debe elegir para los administradores según el tamaño y el sector al que se dedique la empresa?
Cuando una empresa inicia con pocos empleados y sin una estructura compleja, como ocurre en las micro o las pequeñas empresas, el modelo más directo consiste en asignar la gestión a una o dos personas que conocen bien como funciona el negocio.
En la práctica, esta fórmula beneficia la rapidez de decisiones y ofrece un control cercano del día a día. Si el negocio pertenece al sector productivo, o al industrial, donde las líneas de producción y logística necesitan de una supervisión constante, conviene que la persona encargada tenga conocimientos técnicos y una buena capacidad de gestión.
Por otra parte, en las empresas del sector servicios, donde el contacto con clientes es lo más importante del negocio, la administración tiene que ser capaz de autorizar con rapidez ajustes, así como promociones, o cambios según la demanda y la estacionalidad.
Por lo general, cuando el proyecto crece y se convierte en una mediana empresa, con un mayor número de trabajadores y un volumen de negocio también mucho mayor, es habitual que la figura de un consejo de administración resulte más útil que una gestión individual, especialmente si la actividad tiene un perfil industrial, o necesita de inversiones constantes en tecnología, innovación, o internacionalización.
Y es que dicho órgano tiene bastantes ventajas, puesto que facilita la incorporación de conocimientos y experiencia de diferentes profesionales, fomenta la vigilancia compartida y por lo general, se centra más en tener una estrategia más a medio y largo plazo.
Según el caso concreto de tu emprendimiento, puede que no tengas claro cómo será la organización de la administración de tu sociedad, algo que es bastante común para empresarios primerizos.
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