Muchos serán los autónomos o empresas que habrán sufrido impagos de facturas emitidas debido a la situación económica producida por Covid-19. Si usted se ha encontrado también con algún impago, desde Su Sociedad Limitada, su empresa especialista en constitución de sociedades con más de 10 años de experiencia, le explicamos cómo recuperar el IVA de los impagos o créditos incobrables.
Recuperar el IVA: Requisitos para modificar la base imponible
Según la normativa de la Agencia tributaria, estos son losrequisitos para poder modificar la base imponible:
- Que haya transcurrido un año desde el devengo del impuesto repercutido, sin que se haya obtenido el cobro de todo o parte del crédito derivado del mismo.
- Que esta circunstancia haya quedado reflejada en los libros registros, exigidos para este impuesto.
- Que el destinatario de la operación actúe en la condición de empresario o profesional o, en otro caso, que la base imponible, IVA excluido, sea superior a 300 euros.
- Que el sujeto pasivo haya instado su cobro mediante reclamación judicial al deudor o por medio de requerimiento notarial al mismo, incluso cuando se trate de créditos afianzados por Entes públicos. En las operaciones que tengan por destinatarios a Entes públicos, la reclamación judicial o el requerimiento notarial se sustituirán por una certificación expedida por el órgano competente.
Recuperar el IVA: Procedimientos
Para poder recuperar el IVA de los créditos incobrables se debe proceder a realizar los siguientes pasos:
- Emitir una factura rectificativa al destinatario sobre la anulación de la cuota repercutida, debiendo acreditar la remisión.
- Haber facturado y anotado, en el libro registro de facturas expedidas, las operaciones en tiempo y formas adecuadas.
- Comunicar la rectificación de la factura a Hacienda en plazo de un mes desde la emisión de la misma, haciendo constar la modificación.
Si quiere más información sobre cómo emitir una factura rectificativa, puede hacerlo en nuestro artículo “Factura rectificativa: Cómo elaborarla”
Esperamos que le haya sido de interés este artículo sobre cómo recuperar el IVA de los impagos o créditos incobrables. Si tiene alguna duda, póngase en contacto con nosotros y lo resolveremos de la mejor forma posible. Recuerde que desde Su Sociedad Limitada llevamos más de una década constituyendo Sociedades Limitadas y ofreciendo asesoramiento personalizado desde el primer paso al último de la creación de nuevas empresas.