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Todo sobre el Certificado Negativo de Denominación Social

Si vas a crear una sociedad en España necesitas el Certificado Negativo de Denominación Social, el cual se realiza mediante un trámite sencillo, pero sobre el que en muchas ocasiones surgen varias dudas.

En Su Sociedad Limitada tenemos un formulario específico para solicitar la denominación social, pero entendemos que antes de rellenarlo, quieras resolver todas tus dudas con respecto a este tema.

Por eso, en este artículo, respondemos a las dudas frecuentes sobre el Certificado Negativo de Denominación Social, como qué es para qué sirve, los costes que tiene, y como es el procedimiento para solicitarlo.

¿Qué es la certificación negativa de denominación social?

La certificación negativa de denominación social acredita que un nombre propuesto para una sociedad no consta inscrito en la sección de denominaciones del Registro Mercantil Central y permite reservar esa denominación durante un plazo determinado.

Dicho documento resulta fundamental en la constitución de empresas, pues ofrece seguridad jurídica al notario y a los fundadores respecto a la exclusividad del nombre elegido.

De hecho, se trata de un requisito previo imprescindible para otorgar la escritura de constitución ante notario, ya que asegura que no se produce confusión con otras identidades jurídicas ya registradas.

La responsabilidad de su expedición, recae en el Registrador Mercantil Central tras examinar la originalidad del nombre, y su emisión conlleva derechos de reserva, los cuales están condicionados a plazos concretos y a una posibilidades de renovación.

Con respecto a la normativa aplicable, esta encuentra su origen en el Reglamento del Registro Mercantil, concretamente en los artículos 396 y siguientes, que fijan el procedimiento de concesión, o denegación, de la denominación social.

La persona encargada de tramitar la denominación propuesta, evalúa dos principios fundamentales, que serían, el principio de novedad, exigiendo que el término propuesto no reproduzca, o imite, el de ninguna sociedad preexistente, y el principio de veracidad, que impide registrar expresiones capaces de inducir a error sobre la naturaleza, o la actividad de la empresa.

¿Cómo es el procedimiento de solicitud de la certificación negativa de denominación social?

Para solicitar la certificación negativa de denominación social, el interesado debe acceder al portal del Registro Mercantil Central y completa un formulario en línea, incluyendo el nombre de uno de los fundadores o promotores, la denominación propuesta con su forma social y hasta cinco opciones alternativas por orden de preferencia.

Entonces, el registrador analiza la composición del nombre y emite respuesta en un plazo de tres días hábiles, indicando si la certificación resulta favorable, o si rechaza la emisión por similitud con otra denominación registrada.

Una vez expedida la certificación negativa, la denominación queda anotada en la sección correspondiente del Registro Mercantil Central, reservándose a favor del solicitante durante un periodo de seis meses contado desde la fecha del documento. Dicho bloqueo, evita que otra persona o entidad pueda obtener un certificado para el mismo nombre en ese intervalo de tiempo.

Simultáneamente, el certificado conserva su validez por tres meses para la firma de la escritura de constitución ante notario, y vencido este plazo, el interesado puede solicitar su renovación presentando la certificación caducada, con el fin de salvaguardar la reserva sin precisar un nuevo examen.

Cuando la certificación expira sin haberse utilizado para otorgar escritura, el interesado puede presentar la solicitud de renovación acompañando el documento original, de modo que el registrador emite un nuevo certificado con idénticas condiciones de validez.

¿Cuánto cuesta el certificado negativo de denominación social?

La obtención del certificado negativo de denominación social implica el abono de tres tasas oficiales que suman 15,94 € con el IVA Incluido, más la posibilidad de añadir un arancel de firma electrónica por 1,50€ y la contratación de un servicio de envío que puede oscilar entre 3,80€ y 6,90€ euros más IVA, de tal modo que el importe total puede elevarse hasta unos veintidós euros.

El aspirante dispone de varias opciones para recibir el documento, que serían la recogida en persona en la sede del Registro Mercantil Central, que no genera un sobrecoste adicional, pero exige desplazamiento físico.

Pero cuando el interesado elige el correo certificado, debe añadir el coste mencionado anteriormente por el envío más IVA al importe oficial. Además, al escoger entrega contra reembolso, la tarifa del envío suma un coste que abona directamente al transportista en el momento de la entrega.

También hay que tener en cuenta que en determinadas oficinas del Registro Mercantil Central existe la posibilidad de solicitar la certificación negativa junto con otros trámites de denominación, por un precio que puede variar cuando se elige una gestión ampliada que incluye publicación y seguimiento en boletines oficiales.

¿Cómo obtener ayuda para conseguir el Certificado Negativo de Denominación Social y crear una empresa rápidamente en España?

Como en Su Sociedad Limitada nuestro objetivo es ofrecerte toda la ayuda posible para la constitución de una sociedad limitada exprés a un precio ‘low cost’, el trámite para obtener el Certificado Negativo de Denominación Social está incluido en el precio por nuestros servicios.

Para que podamos llevar a cabo este procedimiento por ti, en los datos que te pedimos en nuestro formulario de constitución para crear una sociedad limitada online, está presente la opción de señalar si ya dispones, o no, del Certificado Negativo de Denominación Social y en caso negativo, nos puedes indicar las cinco opciones por orden de preferencia para que los solicitemos en tu nombre.

No obstante, aunque en nuestra plataforma está todo listo para que comiences la constitución de tu negocio con unos sencillos pasos, entendemos que puedas tener más dudas, así que contacta con nosotros si necesitas atención personalizada.

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