Los cambios normativos y las modificaciones en la tributación pueden resultar una auténtica «vorágine» para los profesionales del sector, que no siempre pueden estar al día de todos los aspectos que afectan a su trabajo. Sin embargo, hay una novedad reciente que no se puede pasar por alto, ya que tiene una incidencia directa en el funcionamiento de muchas empresas. Hoy desde Su Sociedad Limitada, su empresa especialista en la constitución de sociedades, le contamos en qué consiste esta novedad sobre las cuentas anuales en el Registro Mercantil.
Revocación del NIF: una novedad del Real Decreto
249/2023
Se trata del Real Decreto 249/2023, de 4 de abril, que establece que se puede revocar el Número de Identificación Fiscal (NIF) de una mercantil si no presenta sus cuentas anuales en el Registro Mercantil durante cuatro años consecutivos. Es decir, si una empresa no cumple con esta obligación durante cuatro ejercicios seguidos, puede perder su NIF.
La presentación de las cuentas anuales en el Registro Mercantil es una obligación formal que muchas empresas pueden considerar como una tarea tediosa o irrelevante, pero la realidad es que es fundamental para el correcto funcionamiento de la entidad. Además, con la nueva normativa, su incumplimiento puede tener consecuencias graves para la empresa.
Es cierto que esta no es la única causa de revocación del NIF, ya que hasta ahora la falta de presentación del Modelo 200 del Impuesto sobre Sociedades era la principal causa. Sin embargo, esta nueva causa viene a cerrar el círculo de las principales obligaciones de muchas entidades, incluyendo a las inactivas.
Es importante destacar que si se constata la subsanación de la no presentación de las cuentas durante los cuatro años, el NIF podrá ser rehabilitado. Pero hay que tener en
cuenta que esta nueva norma enfatiza cada vez más la importancia que la Administración está dando a la presentación de las cuentas anuales en el Registro Mercantil.
Cómo evitar la revocación del NIF y rehabilitarlo en caso
de revocación
Para evitar la revocación del NIF y las posibles consecuencias que ello puede acarrear, es fundamental cumplir con esta obligación formal y presentar las cuentas anuales en el Registro Mercantil en plazo y forma.
La presentación de las cuentas anuales en el Registro Mercantil es una obligación formal que puede parecer secundaria, pero que tiene una gran importancia para el correcto
funcionamiento de cualquier empresa. Con la nueva normativa, su incumplimiento puede tener consecuencias graves, por lo que es fundamental estar al día y cumplir con esta obligación para evitar problemas futuros.
Desde Su Sociedad Limitada, su empresa especialista en la constitución de sociedades, esperamos que le haya resultado útil el artículo de hoy. Estaremos pendientes de todos los cambios y actualizaciones que afecten su sociedad. Recuerde que si necesita asesoramiento para emprender y constituir una sociedad limitada, en Su Sociedad Limitada somos miembros de la red PAE de Puntos de Atención al Emprendedor. No dude en contactar con nosotros para cualquier duda.