Es muy común que las comidas de negocios lleguen a resultar una fuente importante de gasto en las empresas. ¿Es posible deducir el IVA del restaurante en comidas de negocios? Hoy desde Su Sociedad Limitada, su empresa especializada en la constitución de sociedades limitadas, le contamos si es o no posible deducir estos gastos.
Leyes sobre la deducción del IVA
Una empresa con una actividad comercial frecuente, puede obtener un ahorro considerable si consigue deducir el IVA de todas sus comidas de negocio.
Según la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido (LIVA), no se puede deducir la cantidad abonada por la adquisición de bienes y servicios que no estén directamente relacionados con la actividad económica de la empresa. Además, la Ley de Impuesto de Sociedades (LIS) dicta que las liberalidades, es decir, aquellos gastos que no están relacionados con la actividad de la empresa, no son deducibles.
No obstante, la ley establece que no se incluirán en estas liberalidades aquellos gastos generados por una actividad comercial o de relaciones públicas con clientes o proveedores de la empresa. Tampoco se tendrán en cuenta aquellos gastos relacionados al personal de la empresa.
Requisitos para deducir el IVA del restaurante
La LIS dicta como límite de gastos el 1% del importe neto de la cifra de negocio de la empresa. Si se supera esta cifra, el gasto pasa a ser considerado como liberalidad.
Además del límite mencionado, se deberá tener en cuenta aquellas facturas no vinculadas con la actividad de la empresa y los tiquets en los que no aparezcan los datos de la empresa, ya que serán directamente rechazados. Para evitar este problema, debes solicitar una factura con los siguientes datos:
- Numeración de la factura
- Fecha
- Lugar de emisión
- Datos fiscales del emisor y receptor
- Descripción del servicio
- Base imponible
- Tipo impositivo aplicado
- Cuota repercutida
- Moneda utilizada
- En caso de tratarse de una comida de negocios, incluir el motivo de la cita y los comensales que han participado en dicha cita.
Por tanto, el primer requisito para deducir el IVA de los restaurantes es que dicho gasto esté vinculado a la actividad empresarial. El segundo requisito es que dicho gasto esté justificado, ya sea con la factura original o con una copia digital. Además, el gasto deberá estar registrado correctamente en la contabilidad de la empresa.
Límites de deducción del IVA de los restaurantes
No es posible deducir el IVA de cualquier país. Únicamente podrá deducirse las cuotas del IVA español o de aquellos países en los que se haya firmado un previo convenio de deducción.
Además, la ley también establece que es posible desgravar el IVA de un restaurante siempre y cuando el importe tenga el gasto fiscalmente deducible a efectos de IRPF.
El Reglamento del IRPF establece que los gastos de manutención no deben tributar, siempre y cuando se ajusten a unos límites.
- Gastos en España: 48,08€ con pernocta y 26,67€ sin pernocta.
- Gastos en el Extranjero: 91,35€ con pernocta y 48,08 sin pernocta.
Estas son las condiciones para deducir el IVA del restaurante en comidas de negocios. Antes de organizar comidas de negocios tenga en cuenta los siguientes requisitos a seguir. Recuerde que Su Sociedad Limitada es su empresa especialista en la constitución de sociedades, y miembro de la Red PAE de Puntos de Atención al Emprendedor. Contáctenos para más información y nuestros especialistas le ayudarán con todas sus dudas.