Cada año más de 1,20 millones de sociedades presentan sus cuentas anuales en el Registro Mercantil, tal y como exige la Ley de Sociedades de Capital. Y de todas ellas, miles de sociedades ven devueltas sus cuentas por los registradores mercantiles por errores cometidos.
Estos errores pueden acarrear multas de entre 1.200 y 60.000 euros que, en el caso de las sociedades con facturaciones superiores a los 6 millones de euros, pueden ascender hasta los 300.000 euros de sanción.
Por este motivo hoy desde Su Sociedad Limitada, como Punto de Atención al Emprendedor, le explicamos a continuación los errores más frecuentes por los que el Registro Mercantil puede devolver las cuentas anuales, y exponer a la Sociedad a dichas sanciones.
Entrega fuera de plazo
En los casos de presentación fuera de plazos, si esta se produce antes de finalizar el año, no conllevará ninguna sanción por parte del Registro Mercantil.
En los casos en los que transcurre más de un año desde la fecha del cierre del ejercicio contable sin que se hayan presentado las cuentas, se realizará un cierre provisional de la hoja registral.
De este modo, no se podrá inscribir ningún documento en el Registro, a excepción de los relacionados con la revocación o renuncia de poderes, la disolución de la sociedad, el cese o dimisión de administradores, gerentes, directores generales o liquidadores.
Periodo de presentación
Entran dentro de plazo aquellas cuentas que se presenten dentro del siguiente mes tras la fecha de celebración de la Junta en la que fueron aprobados.
Por ejemplo, si la fecha de celebración fue el 10 de junio, la fecha límite para su presentación será el 10 de julio.
Documentos a presentar
La presentación de cuentas anuales no es fácil, y los documentos mínimos a aportar son nueve: la Certificación de aprobación de cuentas por parte de la Junta, la Memoria, el Balance, la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, la Declaración de Identificación del Titular Real, el Informe de Acciones y Participaciones Propias, la Hoja de datos generales de identificación, la Instancia de Presentación y el Informe Medioambiental.
Si fuera necesaria la presentación de un Informe de Auditoría, se deberían presentar 4 documentos más: el Informe de Auditoría, el Informe de Gestión, el Estado de Flujos y Efectivo, y el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto.
Errores de transcripción
A menudo, algunos de los datos contables que figuran en las cuentas pueden ser incorrectos debido a fallos en las transcripciones.
En el caso que los socios facilitaran la información correcta y la Junta adoptara correctamente el acuerdo de aprobación de cuentas y la aplicación del resultado, simplemente bastará con una certificación expedida por el órgano de administración que indique el error, la corrección y la solicitud al registrador para incorporarlo en el depósito practicado con los documentos correctamente actualizados.
Errores contables
Si se ha producido un error de contabilidad, será necesaria la celebración de una nueva Junta para aprobar las cuentas correctas y una nueva certificación con todos sus requisitos, especificando el hecho de presentar nuevas cuentas detallando los defectos y errores detectados en las anteriores.
Si necesita asesoramiento sobre cómo realizar correctamente el cierre anual de cuentas, no dude en contactar con nosotros. En Su Sociedad Limitada, como miembros de la Red de Apoyo al Emprendedor (Red PAE) ponemos a su disposición nuestro asesoramiento de forma gratuita.