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Cómo facturar sin ser autónomo

Cómo Facturar Sin Ser Autónomo

Una duda recurrente para muchos emprendedores que recién inician su actividad por cuenta propia o con pocos ingresos, es si existe la posibilidad de facturar sin ser autónomo de forma legal. Por este motivo hoy desde Su Sociedad Limitada, como especialistas en constitución de sociedades limitadas y miembros de la red PAE (Puntos de Atención al Emprendedor), le explicamos cómo facturar sin ser autónomo de forma totalmente legal.

Facturar sin ser autónomo

A veces, se puede dar el caso en el que un trabajador por cuenta ajena quiera emitir una factura por un trabajo extraordinario o por algo muy concreto. Ante una situación así, son muchos los que piensan que para emitir una factura es obligatorio darse de alta en el RETA como autónomos. Pero, ¿es realmente cierto?

Lo cierto es que Hacienda pone ciertas complicaciones a la hora de emitir facturas sin ser autónomo, por lo que se suele pensar que facturar sin darse de alta como autónomo es ilegal. No obstante, existe la posibilidad de emitir facturas sin darse de alta cómo autónomo y así ahorrar hasta 286€ mensuales de la cuota de autónomo.

Cómo emitir facturas sin ser autónomo

Para emitir una factura sin estar dado de alta como autónomo se deben realizar los siguientes pasos:

  • Demostrar que no es su principal fuente de ingresos sino que se trata de una facturación puntual.
  • No superar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). En caso de que Hacienda le reclamara, bastaría con demostrar que no cumple con los ingresos mínimos establecidos por el Ministerio de Empleo y la Seguridad Social, actualmente en 9172€ anuales.

Proceso de facturación

Para llevar a cabo la facturación debemos llevar los siguientes trámites: 

  • Darse de alta en la Agencia Tributaria > Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores del modelo 036 modelo 037. Es una declaración censal por lo que el trámite es gratuito.  
  • Llevar a cabo todas las obligaciones tributarias: Declarar los impuestos correspondientes de las facturas emitidas (IVA e IRPF).  El IVA se declara presentando el modelo 303, y el IVA anual con el modelo 390.  Para la liquidación de IRPF se realiza con el modelo 130 trimestralmente.

Otra opción puede ser darse de alta en una cooperativa para así ahorrarse algunos de estos trámites, ya que los absorbería la administración de la cooperativa.

Recuerde que en Su Sociedad Limitadasomos miembros de la red de Puntos de Atención al Emprendedor, por lo que nuestros años de experiencia ayudando a emprendedores en la constitución de sus SL seguro pueden ayudarle. Contacte con nosotrossi necesita nuestros servicios. 

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